El pasado 10 de julio se volvió viral la postura de la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas AMACC; Ese día un grupo de representantes de la AMACC se presentaron ante la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados para defender el cumplimento del artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, que indica claramente que toda película que se exhibe en el cine tiene que venir “en su versión original”. Desde principios de la década pasada dejó de cumplirse la ley, luego de que los estudios de cine ganaron un juicio que duró años, y se remonta a la época del estreno de Jurassic Park. Así, a partir del año 2000, los estudios lograron estrenar películas para adolescentes y adultos en los cines mexicanos desde su fecha de estreno, algo que antes sólo estaba permitido para las películas infantiles y los documentales.
Para evitar que su postura se tergiverse, la AMACC lanzó un comunicado dejando en claro porque se opone al doblaje en las películas para adolescentes y adultos. Y su postura es muy simple, lograr que se cumpla la ley:
En el comunicado, la AMACC indica que su postura busca “que se respete lo ya existente en la Ley [Federal de Cinematografía] respecto al doblaje, que a la letra dice ‘las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el REGLAMENTO. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español’.
Además recuerda que “hubo un conjunto de empresas que se ampararon con argumentos contrarios y ajenos a la realidad de nuestro país, y que favorecen hoy una concentración que va en contra de la libertad de expresión y la diversidad cultural, así como contra el derecho de acceso a la cultura establecido en el Art. IV constitucional.”
Finalmente, la AMACC indica que su postura se sustenta con los argumentos de tres ministros de la Suprema Corte de Justicia, que se manifestaron en contra del amparo de los estudios de cine extranjeros argumentando que “el público tiene el derecho de recibir la obra en la forma que fue originalmente concebida (derecho que es violado al modificarse el guion y cambiarse la voz); y que al autorizarse el doblaje se coloca al interés privado (eminentemente de lucro) por encima del interés público que se contiene en las normas que buscan salvaguardar la originalidad, autenticidad y finalidad de las obras artísticas”.
Las dos posturas, tanto la de los estudios de cine como la de la AMACC, son dignas de debate. Tú ¿de qué lado estás?
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